ESTATUTOS

Constitución, denominación, objeto social, domicilio social y duración

Artículo 1º.- NOMBRE

Con la denominación de Asociación Iberoamericana para la Investigación del Abuso Psicológico (AIIAP), se constituye en Barcelona (España) una Asociación de ámbito estatal e iberoamericano, sin ánimo de lucro, dotada de personalidad jurídica y capacidad plena de obrar de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, y de la Ley 4/2008 de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña relativo a las personas jurídicas.

Artículo 2º.- OBJETIVOS Y FINES

1. La Asociación agrupará a especialistas y profesionales interesados en el abuso psicológico. El objetivo de la Asociación es contribuir con sus sugerencias, recomendaciones y trabajos al estudio e intercambio especializado, así como a la prevención, investigación, formación y tratamiento de las relaciones de abuso psicológico.

Las situaciones de abuso psicológico contempladas como objeto de la Asociación son aquellas relacionadas con el abuso psicológico en contextos de grupo (sectas coercitivas u organizaciones afines), la pareja (violencia doméstica), la terapia individual o grupal (abuso terapéutico), en la familia (violencia familiar), la escuela (bullying) o el trabajo (mobbing), sin excluir todas aquellas otras dinámicas de relación no encuadrables en esta tipología pero que presentaran algunas de las características esenciales del abuso psicológico (p.ej., nuevas modalidades de abuso como el grooming).

2. Para conseguir sus objetivos, la Asociación realizará las siguientes actividades:

- Agrupará a especialistas, profesionales u otras entidades de ayuda interesadas en los objetivos de la Asociación, sí así lo solicitan a la Junta Directiva y son admitidos como miembro.

- Creará un espacio de diálogo e intercambio que permitirá a los profesionales y/o asociaciones de España y Portugal, así como de Latinoamérica, compartir experiencias y conocimientos en torno al abuso psicológico.

- Se constituirá como recurso para los mismos profesionales, a la vez que directorio para los propios usuarios.

- Velará por la formación continuada de sus miembros en temas relacionados con el abuso psicológico.

- Formará a los profesionales de la salud y la educación a través de jornadas, seminarios o foros similares.

- Realizará intervenciones preventivas en entidades educativas y/o comunitarias.

- Asesorará a centros cívicos, entidades comunitarias u otras entidades públicas o privadas que pudieran requerirlo.

- Estimulará proyectos de prevención e investigación de las dinámicas de abuso psicológico.

- Asesorará a los medios de comunicación sobre las dinámicas de abuso psicológico.

Páginas: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11

No se aceptan comentarios. Pruebe en @facebook/aiiap